Normativa Instalación Puntos de Recarga Domésticos
La instauración del vehículo eléctrico en nuestro país es un hecho que cada día requiere de más atención. Las ventas de estos vehículos crecen respecto a los de combustión y este cambio nos lleva a preguntarnos varias cuestiones respecto a la normativa sobre la instalación del punto de recarga que necesitaremos para usar nuestro nuevo coche.
Este proceso, es algo más complejo de lo que podamos pensar, pero con una serie de pautas claras que resolveremos en este artículo, podremos disfrutar de nuestro punto de carga y coche de forma sencilla.
Datos fundamentales
Es necesario tener en cuenta que la carga de un vehículo eléctrico o híbrido debe realizarse de forma correcta, es decir, no es recomendable conectar nuestro cargador y vehículo a un enchufe shucko (toma de corriente normal donde cargamos nuestro teléfono móvil).
Esto se debe a que la sección de cable instalado en una vivienda convencional, no está preparada para soportar la potencia que nos va a demandar el cargador de nuestro vehículo. Este tipo de instalación, por lo tanto, requiere de una sección de cable adecuada y de una protección especial (los plomos o protecciones de toda la vida) así como de una legalización.
Requerimientos legales
Una vez tengamos decidida la implantación del cargador en nuestro garaje, tanto si es en comunitario como privado, tenemos que tener claro que es necesario legalizar este tipo de instalación, trámite del que se tiene que ocupar la empresa instaladora. De forma añadida para garajes comunitarios es necesario notificar, a la comunidad de vecinos. Es importante matizar que solo necesitamos notificar, no pedir permiso, ya que por ley tenemos derecho a instalar este punto de recarga.
Por lo demás, solo tenemos que tener en cuenta que el punto de recarga necesita estar dentro de los límites de nuestra plaza de parking y que éste cumpla con las normas de seguridad establecidas. Si por ejemplo el cargador necesita ser conectado a la parte inferior del mismo, este cable tiene que ir recubierto de un tubo metálico para proteger de los posibles golpes. Todos estos datos técnicos los gestiona la empresa instaladora por ello es fundamental escoger una con experiencia en este sector.
Plaza de parking alquilada
Quizás esta sea una de las preguntas más frecuentes a la hora de decidir por la instalación de un punto de recarga. ¿Qué ocurre si mi plaza de parking es alquilada, así como el piso en el que vivo? O qué ocurre si mi plaza de parking está alquilada en un bloque diferente al que vivo. ¿Puedo beneficiarme aun así de las subvenciones del Plan Moves III?
La respuesta rápida a estas preguntas es sencilla, no hay problema siempre y cuando se acuerde con nuestro arrendatario la posibilidad de hacer esta instalación y quién va a correr con los gastos. Actualmente la mayoría de arrendatarios aceptan correr con los gastos siempre y cuando se les tramite la subvención del Plan Moves III. Lo ideal es contar con una empresa como ESMOVE, donde podremos guiarte en este proceso y aclararte todas las dudas que te vayan surgiendo.