Subvenciones

Gracias a las subvenciones podrás dar el salto a la movilidad eléctrica reduciendo considerablemente tu inversión inicial.

Instaladora oficial del Programa MOVES III

En ESMOVE somos empresa instaladora oficial del programa MOVES III.

Gracias a las subvenciones podrás dar el salto a la movilidad eléctrica reduciendo considerablemente tu inversión inicial. Las ayudas vigentes se centran principalmente en:

Para tramitar esta ayuda necesitarás contar con una Empresa Instaladora adherida al Programa.
Para ello contamos con nuestro Departamento de Subvenciones, que te acompañará a lo largo de todo el proceso: despreocúpate, que desde ESMOVE gestionaremos tu subvención.

¿Tienes alguna pregunta?

Asimismo, a continuación encontrarás algunas de las principales dudas que pueden surgirte en relación como el Programa MOVES III, tanto para la adquisición de vehículos eléctricos e híbridos enchufables, como para la adquisición e instalación de infraestructuras de recarga:

– Profesionales autónomos
– Personas físicas mayores de edad
– Comunidades de propietarios
– Personas jurídicas
– Sector publico

No es necesario. Son dos programas de ayudas distintos e independientes, en el marco del Plan MOVES III. En este sentido, con carácter general, será necesario registrar solicitudes de ayuda distintas para cada actuación, salvo que la convocatoria autonómica disponga de un registro único para aquellas solicitudes que engloben ambas actuaciones..

Sí. Son programas distintos de ayudas y compatibles para un mismo destinatario último y distintos vehículos, siempre que se cumplan los requerimientos establecidos para el programa.

El proyecto, la obra civil, los costes de ingeniería y dirección de obra, el coste de la propia infraestructura de recarga, la instalación o actualización de cualquier elemento eléctrico, incluido el transformador, trabajos de conexión a la red de distribución, centros de seccionamiento y transformación y acometida de media tensión, necesarios para conectar la infraestructura de recarga a la red o a la unidad de producción o almacenamiento local de electricidad, la adecuación de terrenos o carreteras, los costes de instalación y costes por permisos relacionados y necesarios.

– Preinstalación en una comunidad de propietarios.
– Uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares.
– Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).
– Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.
– Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.
– Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos.
– Uso público en red de carreteras, siendo de especial interés la infraestructura de recarga en estaciones de servicio y gasolineras.

Si soy un particular, autónomo, comunidad de propietarios o administración sin actividad económica:

Puedo realizar la instalación desde el 10 de Abril (fechas de factura y justificantes de pago)
Una vez que mi CCAA publique su convocatoria y según se establezca, debo tramitar mi solicitud de ayuda directamente o solicitar que la tramite la entidad colaboradora ( ESMOVE por ejemplo. )

Si soy una empresa o administración con actividad económica:

Debo esperar a que mi CCAA abra su convocatoria para tramitar mi solicitud de ayuda.

Tras el registro de mi solicitud, puedo realizar la instalación (facturas, contratos y justificantes de pago)

  1. Presentación del Plan MOVES III el 9 de abril de 2021, particulares, autónomos, comunidades de propietarios y administración sin actividad económica pueden iniciar la inversión a partir de esa fecha.
  2. Publicación del real decreto en el BOE el día 14 de abril de 2021
  3. Las CCAA deben publicar sus convocatorias antes del 14 de julio de 2021
  4. Convocatorias abiertas para admitir solicitudes hasta el 31 de Diciembre de 2023
  5. Desde que presento mi solicitud, en un máximo de 6 meses recibiré la resolución
  6. Dispongo de un máximo de 12 meses para presentar la documentación que justifique mi compra
  7. La CCAA analizará la documentación presentada y recibiré mi ayuda

Página web IDAE MOVES III (Preguntas frecuentes, información convocatorias, seguimiento)

Acceso directo en https://bit.ly/3tnKoch

Consultas a través de Servicio de información a la ciudadanía del IDAE, SICER

Telf: 913 146 673 (de 10:00h a 14:00h, L-V) mailto:ciudadano@idae.es

Formulario de contacto

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