Instalación de puntos de recarga

¿Qué permisos necesito para instalar un punto de recarga en garaje comunitario?

24 de septiembre de 2025

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La movilidad eléctrica está transformando la forma en que nos desplazamos, y con ella, también cambia la infraestructura necesaria para que los vehículos eléctricos funcionen de forma eficiente. Uno de los grandes retos es garantizar una carga cómoda, segura y económica, especialmente cuando el coche duerme en un garaje comunitario.

Para muchos usuarios, esto plantea dudas: ¿necesito autorización? ¿Me pueden poner trabas? ¿Qué dice la ley? En este artículo te explicamos, de forma clara y detallada, qué permisos necesitas para instalar un punto de recarga en una comunidad de propietarios, cómo es el proceso legal y técnico, y qué dice la normativa para cargador en comunidad, según el marco legal vigente en España.

¿Qué dice la normativa sobre la instalación de cargadores en comunidades de vecinos?

La normativa actual es muy clara y favorable al propietario: sí puedes instalar un punto de recarga en tu plaza de garaje comunitario, y la comunidad no puede impedirlo, salvo en casos muy excepcionales.

Esto está recogido en la Ley de Propiedad Horizontal, que regula la convivencia y las normas en edificios y comunidades de vecinos. La modificación del artículo 17.5, tras el Real Decreto-ley 15/2018, establece expresamente que:

“La instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en el aparcamiento del edificio por parte de un propietario solo requerirá la comunicación previa a la comunidad, sin necesidad de acuerdo previo de la junta de propietarios.”

Este avance legislativo busca eliminar las barreras burocráticas que existían y fomentar el desarrollo de la infraestructura de recarga eléctrica en el ámbito residencial. Gracias a esta modificación legal, cualquier persona propietaria de una plaza puede instalar un punto de recarga sin pedir permiso, siempre que se respete la normativa técnica y no se afecten zonas comunes de manera estructural.

Por tanto, si te preocupa la legalidad del proceso, puedes estar tranquilo: la ley te ampara. Lo único que debes hacer es informar por escrito a la comunidad antes de iniciar la instalación.

¿Necesito permiso de la comunidad de propietarios?

Este punto suele generar confusión, pero la respuesta es sencilla: no necesitas que la comunidad vote ni apruebe tu instalación.

Lo que sí exige la ley es que envíes una comunicación previa por escrito. Esta comunicación tiene carácter informativo, no está sujeta a votación, y su objetivo es simplemente que la comunidad esté al tanto de la actuación que vas a realizar en tu plaza.

¿Qué debe incluir esta comunicación?

  • Tus datos como propietario.
  • Descripción técnica básica del punto de recarga.
  • Nombre y datos de la empresa instaladora autorizada.
  • Fecha estimada de ejecución.

Es recomendable entregar la notificación con un plazo de al menos 30 días antes del inicio de las obras, aunque la ley no exige un plazo exacto. Guarda siempre una copia sellada por la administración de la finca o con acuse de recibo, como prueba de que la comunidad fue debidamente informada.

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Proceso paso a paso para instalar un punto de recarga en un garaje comunitario

La instalación de un punto de recarga en una plaza de garaje dentro de una comunidad sigue un proceso muy definido. Aquí te explicamos cómo hacerlo correctamente:

Paso 1: Informar por escrito a la comunidad

Este paso es obligatorio por ley y el punto de partida para todo el proceso. Redacta una carta formal de comunicación, adjuntando una breve descripción de la instalación y, si es posible, el plano del recorrido del cableado y los datos del instalador.

La carta debe dirigirse al presidente de la comunidad o al administrador de fincas. No olvides solicitar que te firmen una copia como acuse de recibo o enviarla por correo certificado.

Paso 2: Contratar a un instalador autorizado

Este es un paso crucial. La instalación debe cumplir la normativa eléctrica vigente (ITC-BT-52) y debe ser realizada por un instalador autorizado. En ESMOVE, contamos con técnicos especializados en este tipo de instalaciones y ofrecemos asesoramiento integral, desde el estudio de viabilidad hasta la ejecución técnica y legalización.

Elegir una empresa profesional evita errores comunes y asegura el cumplimiento de la normativa para cargador en comunidad, lo cual es esencial para evitar conflictos futuros o sanciones administrativas.

Paso 3: Ejecutar la instalación técnica

Dependiendo de la configuración del edificio, hay dos formas principales de instalar un punto de recarga:

  • Conexión directa a tu contador individual: la opción más recomendada. Se realiza un tendido eléctrico desde tu vivienda o cuarto de contadores hasta tu plaza de garaje.
  • Conexión a la red comunitaria con subcontador: en este caso, se instala un contador adicional para medir el consumo del vehículo, que luego se factura al propietario.

La instalación debe respetar las canalizaciones y elementos comunes, emplear protecciones eléctricas adecuadas y cumplir con los requisitos de seguridad eléctrica.

Paso 4: Legalización de la instalación

Una vez finalizada, el instalador debe emitir el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) y registrar la instalación en el organismo autonómico correspondiente. Esta legalización es obligatoria y sirve para:

  • Garantizar la seguridad de la instalación.
  • Activar la garantía del equipo.
  • Solicitar subvenciones o deducciones fiscales.

Preguntas frecuentes sobre permisos y normativa

¿Me pueden impedir instalar un cargador en mi plaza?

No, no pueden. La comunidad no tiene derecho a impedirlo si el punto de recarga se instala en tu plaza privada y no afecta estructuralmente a los elementos comunes. Solo una causa muy justificada podría bloquear la instalación (por ejemplo, si daña elementos del edificio, lo cual es muy poco habitual).

Si sigues el proceso legal y técnico correctamente, estás completamente protegido por la ley.

¿Tengo que pagar algo a la comunidad por el permiso?

No hay que pagar ningún “permiso” como tal. Lo único que podrías tener que costear es:

  • La parte proporcional del uso de canalizaciones comunitarias si las necesitas.
  • El refuerzo de la instalación eléctrica si se convierte en infraestructura común.

Pero en la mayoría de los casos, si haces una instalación individual desde tu contador, no deberás pagar nada a la comunidad.

¿Qué pasa si otros vecinos también quieren instalar cargadores?

Es una situación muy común. En estos casos, lo ideal es que la comunidad estudie una infraestructura troncal o colectiva, que facilite futuras instalaciones y evite saturar los espacios comunes.

En ESMOVE diseñamos soluciones escalables que permiten a cada vecino conectar su cargador cuando lo necesite, con una infraestructura común eficiente, legal y fácil de mantener.

¿Por qué contar con un instalador especializado marca la diferencia?

Aunque la ley ha facilitado el proceso legal para instalar un cargador en una comunidad de propietarios, la parte técnica sigue siendo crítica. Muchos usuarios caen en el error de contratar instaladores sin experiencia específica en este tipo de entornos, lo cual puede derivar en problemas legales, técnicos o incluso de convivencia con los vecinos.

Un punto de recarga mal instalado puede provocar sobrecargas eléctricas, interferencias con instalaciones comunes, violaciones del reglamento técnico (ITC-BT-52) o incluso infracciones en la normativa para cargador en comunidad, que podrían obligarte a desinstalar el sistema o asumir sanciones económicas.

En ESMOVE no solo hacemos instalaciones: ofrecemos un servicio integral, 100 % especializado en comunidades de vecinos, y garantizamos que todo el proceso esté bajo control desde el primer día.

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¿Qué te garantiza ESMOVE?

  • Asesoramiento legal completo: te guiamos paso a paso en la redacción de la comunicación a la comunidad, nos aseguramos de que todo esté documentado y conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.
  • Proyecto técnico personalizado: evaluamos la estructura del edificio, los puntos de acceso, el trazado eléctrico y diseñamos una solución a medida para tu plaza, sin afectar al resto del garaje ni a zonas comunes.
  • Cumplimiento de normativa: todas nuestras instalaciones cumplen con la normativa eléctrica vigente y los requisitos legales comunitarios. No trabajamos con atajos ni improvisaciones.
  • Tramitación de ayudas y legalización: si puedes acogerte al Plan MOVES III u otras subvenciones, te ayudamos con toda la gestión. Además, registramos tu instalación en los organismos autonómicos correspondientes.
  • Soluciones escalables: si tu comunidad prevé que más vecinos quieran instalar cargadores, diseñamos infraestructuras compartidas preparadas para el crecimiento futuro, con costes optimizados.

Contar con un instalador profesional como ESMOVE reduce riesgos, optimiza la inversión y asegura la tranquilidad de todo el proceso. Proteges tu vehículo, tu plaza y tu relación con la comunidad.

¿Necesitas ayuda con la instalación en tu comunidad?

Si ya has decidido dar el paso hacia la movilidad eléctrica y estás valorando instalar un cargador en tu garaje comunitario, es normal tener dudas. La buena noticia es que no estás solo: en ESMOVE llevamos años ayudando a usuarios como tú a hacerlo de forma sencilla, legal y eficiente.

Trabajamos con particulares, administradores de fincas y comunidades completas, y nos encargamos de absolutamente todo. ¡Descubre más sobre nuestro servicio completo para comunidades aquí!