Subvenciones Moves III Para Vehículos Híbridos y Eléctricos
Con el Plan Moves III se ha buscado que se incremente la cantidad de coches eléctricos que hay actualmente en el país. Este plan actualmente se encuentra vigente hasta el 31 de julio de 2024 después de que se decretara una prórroga para el mismo.
Sin embargo, muchos son los usuarios que aún no conocen todos los detalles sobre este plan de ayudas, y por este motivo, hoy vamos a conocer todos los detalles de esta subvención.
¿Cuál es el importe de las ayudas del Plan Moves III?
Las ayudas que se pueden recibir con el Plan Moves III pueden variar dependiendo del tipo de coche que escojas y su tecnología. Para los coches que puedes conducir con un carné B, estaremos hablando de las siguientes ayudas dependiendo del coche:
- Eléctricos y de autonomía extendida: en estos casos se puede optar por ayudas de 4.500 euros sin achatarramiento, y un total de 7.000 euros si se achatarra un coche.
- Híbridos enchufables: en estos casos la ayuda mínima que se puede percibir es de 2.500 euros, o de hasta 5.000 euros si se achatarra un coche con más de 7 años de antigüedad.
- Pila de combustible: para los coches con funcionamiento con pila de combustible se pueden tener ayudas de 4.500 euros sin achatarramiento, o de 7.000 euros si se achatarra un vehículo.
A estas ayudas se le debe sumar otros 1.000 euros de descuento que el concesionario tendrá que reflejar al momento de la compra.
¿Qué coches pueden ser subvencionados?
Para que se puedan solicitar las ayudas del Plan Moves III, no solo debemos tener en consideración la autonomía y el tipo de propulsión que utilice el coche. Es importante considerar que estas ayudas aplican para coches que tengan un precio de venta máximo de 45.000 euros sin IVA.
Esta cuantía se incrementará hasta los 53.000 euros sin IVA si se trata de un coche eléctrico de ocho o nueve plazas. Si se va a comprar un coche de pila de combustible, las ayudas no tienen un tope de precio establecido.
Desde el verano de 2023, las ayudas del Plan Moves III no aplican exclusivamente para vehículos nuevos, también se pueden solicitar para adquirir coches usados. La única condición es que el vehículo tenga un máximo de 12 meses de antigüedad y debe ser eléctrico.
Las ayudas del Plan Moves III se pueden incrementar un 10% adicional, en casos en los que el solicitante cuente con movilidad reducida, el coche sea para un servicio de taxi y VTC, o compradores que residan en pueblos de menos de 5.000 habitantes.
¿Cómo se solicitan las subvenciones del Plan Moves III?
Estas ayudas no se aplicarán directamente al momento de la compra como se espera que si sea con el Plan Moves IV. También debes tener en consideración que no todas las Comunidades Autónomas funcionan igual, por lo que en algunos casos el concesionario hará todo el trámite sin coste, y en otras el interesado debe hacerlo por su cuenta.
En caso de que debas hacer el trámite por tu cuenta, tendrás que presentar los siguientes requisitos:
- Copia del presupuesto del coche o la hoja de pedido.
- Copia de tu NIF o DNI.
- Si eres autónomo debes aportar el certificado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
- Declaración responsable de estar al corriente con la Seguridad Social.
- Declaración responsable de que no se dispone de ninguna otra ayuda o subvención en los últimos 3 años.
- Certificado de empadronamiento donde coste que la persona reside en la Comunidad Autónoma donde se está solicitando la ayuda.
- Si la persona tiene discapacidad o el coche va a ser un taxi se debe acreditar la condición con un certificado.
Los documentos pueden variar ligeramente dependiendo de la región donde vayas a realizar el trámite.
Documentos que te solicitarán más adelante
Una vez que se presente toda la documentación anteriormente mencionada, el Ministerio de Industria te solicitará lo siguiente:
- Copia de la factura de compraventa del coche, que debe tener fecha posterior al 9 de abril de 2021, y también debe constar con un descuento de 1.000 euros por parte del concesionario.
- Documento que justifique el pago de la factura.
- Copia de la ficha técnica del coche adquirido.
- Copia del permiso de Circulación o fotocopia del Permiso de Circulación provisional emitido por la DGT.
- Número de cuenta bancaria a donde se ingresará la subvención.
Si hemos achatarrado un vehículo para optar por el tope máximo de las subvenciones, también serán necesarios los siguientes documentos:
- Certificado de baja del vehículo.
- Fotocopia del permiso de circulación del coche achatarrado.
- Copia del impuesto de vehículos debidamente abonado.
Recuerda que, si vas a achatarrar un coche este debe contar con una antigüedad mínima de 7 años para optar por la ayuda.
¿Las subvenciones del Plan Moves III se deben declarar en la renta?
Si compras un coche nuevo no estás obligado a declararlo, pero si optas por las ayudas del Plan Moves III esto será diferente. Las subvenciones obtenidas por este plan se consideran una ganancia patrimonial, y debes ponerlas en el apartado “Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales”, es decir, la casilla 0301.
Estas ayudas se deben declarar en el ejercicio en el que se reciben las ayudas, no en el que se solicitan. Por lo tanto, debes estar seguro del momento en el que debes hacer la declaración para no caer en errores.
¿Cuáles son las retenciones de hacienda?
Las ganancias se graban dependiendo de los ingresos que tengas, por lo que no siempre se aplicará la misma cuantía a declarar. Los tramos para la declaración serán los siguientes:
Tramo de ingresos | Cantidad de ayuda a devolver |
Hasta 12.450 euros | 19% |
Hasta 20.000 euros | 24% |
Hasta 35.200 euros | 30% |
Hasta 60.000 euros | 37% |
Hasta 300.000 euros | 45% |
Más de 300.000 euros | 47% |
Teniendo en cuenta los ingresos promedio en España, lo más común es que tengas que devolver entre un 19% y un 30%.
Ventajas fiscales en algunas Comunidades Autónomas
Algunas comunidades autónomas tienen ciertos beneficios fiscales para quienes adquieren vehículos eléctricos, dentro de los que están:
- La Rioja: se puede deducir hasta un 15% de las cantidades en el período impositivo por la adquisición de un vehículo eléctrico nuevo.
- Castilla y León: también permiten deducir 15% del coste de la adquisición del coche eléctrico nuevo o de un híbrido enchufable con autonomía eléctrica superior a los 40 kilómetros. En estos casos, se aplicará para vehículos que cuesten menos de 40.000 euros.
- Asturias: se puede obtener una deducción del 15% en la compra del vehículo nuevo siempre que este no supere los 50.000 euros.
- Canarias: aquí estarás exento del Impuesto General Indirecto Canario, así como el de matriculación. También puedes obtener bonificaciones sobre el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Hay que tener en cuenta que, si los coches se van a utilizar para el transporte, se puede desgravar hasta el 100% del IVA siempre que sean la herramienta de trabajo. También se pueden deducir hasta el 100% de los gastos derivados del carburante. Si se trata de otro tipo de autónomos ambas deducciones se reducirán al 50%.
Los trabajadores que cuenten con un coche de empresa tanto para su trabajo como para uso personal se deben incluir en la Declaración de la Renta. Esto debido a que Hacienda considera que se trata de un rendimiento en especie.
CANTIDAD REAL DE LAS AYUDAS
Si restamos la cantidad que tendremos que devolver al importe bruto de la ayudas percibidas, los cifras netas o reales serian las siguientes:
- Coches Eléctricos
Entre 3.710€ y 5.670€ (C/ Achatarramiento)
Entre 2.385€ y 3.645€ (S/ Achatarramiento)
- Híbridos Enchufables
Entre 2.650€ y 4.050€ (C/ Achatarramiento)
Entre 1.325€ y 2.025€ (S/ Achatarramiento)
- Motos Eléctricas
Entre 689€ y 1.053€ (Entregando moto +7 años)
Entre 583€ y 891€ (Sin entrega)
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